La justicia reconoce la laboralidad de un trabajador de EFE al que la empresa cesó por no adscribirse al proceso de adaptación a la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo (LETA) al no darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). La sentencia no reconoce la nulidad del despido, pero sí su improcedencia, por lo que condena a la empresa a indemnizar o readmitir al trabajador. INCLUYE SENTENCIA
Esta sentencia pone al descubierto que algunos de los trabajadores a los que EFE quería someter al proceso de adaptación a la LETA pidiéndoles que se diesen de alta en el RETA para continuar trabajando para la agencia, mantenían de hecho una relación laboral con la empresa más allá de una simple colaboración.
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FUENTE: PR NOTICIAS
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